"Un ejército sin espías es como un hombre sin ojos y sin oídos"
Chia Lin, citado por el maestro Sun Tzu en "El arte de la guerra"
Allá, por el año 1977 el MINISDEF/ Ejército de Tierra comienza solapadamente a desviar vacantes para el ascenso de Teniente, Capitán y Comandante a otros Cuerpos/Escalas de dicho Ejército, principalmente a la Escala de Complemento y a la Escala Especial, lo que origina un grave perjuicio a dichas Escala Auxiliares que se traduce, entre otros, en la eliminación ipso facto de sus expectativas de promoción a empleos superiores y en un retraso de decenas de años en el desarrollo de su carrera militar además de un envejecimiento del personal afectado en empleos inferiores.
Pasados los años, con innumerables reclamaciones sin resultado positivo, el Gobierno socialista, presidido por Felipe González, lleva a cabo la aprobación de la Ley de Personal 17/1989, mediante su Disposición Transitoria 5ª, da la puntilla a los derechos de los componentes de la Escala Auxiliar del Ejército de Tierra, al impedir de facto y definitivamente el ascenso a Teniente de todos los Subtenientes de las Armas y Especialistas del Ejército de Tierra, a pesar de tener el curso aprobado y publicada la Orden en el BOE y BOD correspondiente.
Pasan los años, aguantando carros y carretas, y el gobierno del PP, con José María Aznar, mediante las disposiciones Adicionales de la Ley 17/199 -nótese que ya habían pasado 20 años de injusticia-, a pesar de las promesas ofrecidas cuando estaba en la oposición, mantiene la injusticia heredada de los anteriores gobiernos.
Pasan más años y nos encontramos con la aprobación de una nueva Ley de Personal, la 39/2007, que, por fin se hace eco de la injusticia cometida con estos militares de carrera y reconoce su derecho al ascenso allá por los años 1977 y posteriores, otorgándoles los diferentes empleos. Como consecuencia la gran mayoría pasó de un plumazo de Subteniente a Teniente, a Capitán y a Comandante prácticamente en la misma Orden Ministerial. Pero no todo estaba solucionado. No fueron reconocidos trienios en el nuevo Grupo A, tampoco derechos a efectos de pensión, no hubo atrasos económicos y, para ascender a Comandante se les obligó a pedir la Reserva voluntaria con una pérdida económica media de 230 euros mensuales.
A día de hoy, estos profesionales, la mayoría Comandantes en Reserva, siguen sin ver sus derechos reconocidos. Tanto es así, que hasta les niegan la expedición de los Títulos /Despachos de empleo con el argumento de las autoridades de que dichos empleos "son virtuales", burlando así la Ley 39/007 que reconoce su derecho al ascenso con las antigüedades correspondientes y por la que, como consecuencia, han sido ascendidos mediante Orden Ministerial publicada en el Boletín Oficial del Ministerio de Defensa, cobran sueldo como Comandantes, Capitanes y/ o Tenientes, poseen Tarjeta Militar de Identidad que acredita el empleo, etc., etc.. ¿Alguien puede imaginar tanta esquizofrenia y tanta inseguridad jurídica?
Dentro de esta ya larga lucha, los afectados, agrupados en el Colectivo Escala Auxiliar de Jefes y Oficiales de las Armas y Especialista del ET (EXACAE), han hecho llegar al presidente del Gobierno, Mariano Rajoy, una pregunta parlamentaria que reproducimos a continuación en su totalidad:
PREGUNTA AL PRESIDENTE DEL GOBIERNO
Ante la respuesta dada por Presidencia de Gobierno a través del Sr. Moragas, a la pregunta planteada en diciembre del pasado año, y dado que no se ajusta a la realidad, toda vez que no le es de aplicación a este caso la doctrina fijada por la Sección 7 de la Sala 3ª de lo Contencioso Administrativo, del Tribunal Supremo de 21 de enero de 2011, porque son casos completamente distintos, pues el caso que nos ocupa es que a los afectados por la D.A. 10ª de la Ley 39/2007, se le reconoce que en determinada fecha, son Tenientes, y el Teniente en esas fechas estaba incluido en el grupo A (ahora subgrupo A-1), por lo que no se produce un cambio de grupo, sino un cambio de empleo con todos los efectos, y por lo tanto los interesado desde esa fecha quedan incluidos en el grupo A (ahora A-1) al igual que el resto de tenientes de las FAS, y lo que se solicita es que se cumpla la Ley y se les regulen los trienios y tiempos para derechos pasivos en concordancia con la antigüedad y el empleo de Teniente, y con los efectos económicos que se disponen en el apartado 7 de dicha D.A. 10ª . Cosa contraria es lo resuelto por el Tribunal Supremo en el recurso de trienios de suboficial (que nada tiene que ver con la pregunta y el caso que nos ocupa y el Sr. Moragas lo sabe o debería de saberlo, al formar parte durante muchos años de la Comisión de Defensa del Congreso, por lo que no a cobo de comprender que contestase con esa milonga, que podría ser propia de alguien que desconoce el tema), toda vez que dicho Tribunal lo que viene a decir es que los Suboficiales con anterioridad a la entrada en vigor del Real Decreto Ley 12/1995 de 28 de diciembre, estaban incluidos en el grupo C (actual C-1) y lo que dictamina en la Sentencia referida, es que no procede reclasificar los trienios que perfeccionaron los Suboficiales en el grupo C al subgrupo A-2, en el que están incluidos ahora, por suponer un cambio de grupo, al que estaban en aquel momento. (Aunque este mismo “Tribunal”, no dijo lo mismo en su día para el caso de los maestros, “criterios diferentes para casos iguales”, será que los suboficiales son ciudadanos de segunda para que se les aplique una justicia distinta a la de los maestros).
Cualquiera que sepa leer e interpretar esta Sentencia, ve claramente que son casos completamente diferentes, por lo que la respuesta dada por Presidencia, es errónea e interesada, por no ajustarse a la realidad.
Teniendo en cuenta que el Partido Popular es conocedor del fraude de Ley heredado del anterior Gobierno Socialista y que prometió solucionarlo, y ahora que gobierna lo continúa manteniendo, dándole largas con contestaciones engañosas no acordes con este caso, y por lo tanto los afectados por la D.A. 10ª de la Ley 39/2007, continúan padeciendo el agravio y discriminación, es por lo que con el fin de que no me conteste con argumentaciones que nada tienen que ver con este caso, le vuelvo a formular la siguientes preguntas:
“¿Cuándo piensa reconvertir el MINISDEF los trienios, en el Subgrupo A1, del personal de la Escala Auxiliar y del Cuerpo Auxiliar de Especialistas del Ejército de tierra de los cursos afectados (principalmente los cursos XXXII al XXXV de la EAUX y del IX al XVI del CAE), a contabilizar desde la fecha reconocida por la Ley 39/2007 para la antigüedad de Teniente y con efectos económicos desde la entrada en vigor de la propia Ley, tal como se dispone en la misma, para estar en las mismas condiciones que el resto de oficiales de las FAS y evitar el fraude de Ley y el agravio y discriminación existentes?
¿Cuándo piensa ajustar de oficio el MINISDEF, los tiempos para derechos pasivos en el Subgrupo A1 desde la antigüedad de teniente reconocida por la Ley 39/2007, para estar las mismas condiciones que el resto de oficiales de las FAS y evitar el fraude de Ley y el agravio y discriminación existente?
¿Cuándo piensa el MINISDEF, cumplir la Ley y expedir los títulos de empleo que ampara la Legislación vigente, con arreglo a las nuevas antigüedades reconocidas por la Ley 39/2007, y evitar el agravio y discriminación existente?
¿Es consciente el Gobierno del perjuicio sobre todo moral y también económico que se está infringiendo desde hace muchos años a estos militares y sus familias, al margen de los derivados de la bajada de sueldo, eliminación de paga extra de navidad y congelación de salarios para todos los empleados públicos, incluidos los militares?
¡ATENCIÓN!